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Finiquito por despido disciplinario

Un despido disciplinario no da derecho a indemnización si es procedente, pero siempre cobras el finiquito. Calcula cuánto te corresponde y cuánto sería si se declara improcedente.

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1 Fechas del contrato

Último día trabajado o de alta en la empresa.

2 Salario y pagas
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Lo que figura como «total devengado» en tu nómina normal, antes de impuestos.

Número de pagas al año

Con 12 pagas, las pagas extra ya van incluidas en tu nómina mensual.

¿Tus pagas extra están prorrateadas en la nómina?
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Si no lo sabes, deja «Anual». Lo indica tu convenio.

3 Vacaciones

Tipo de días

4 Cantidades pendientes ¿Te deben horas extra, comisiones u otras cantidades?
€

€

€

Importes brutos. Atrasos de convenio, pluses, dietas pendientes…

5 Motivo de finalización

Preaviso que diste a la empresa

Aparece en la primera página de tu contrato.

En contratos de más de un año la empresa debe avisar con 15 días.

En el despido objetivo la ley exige 15 días de preaviso.

Durante el periodo de prueba cualquiera de las partes puede terminar el contrato sin preaviso ni indemnización. Sí cobras el finiquito.

€

Opcional: estimar el importe neto con tu IRPF
%

Si lo dejas vacío, solo mostramos importes brutos.

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Qué cobras en un despido disciplinario

El despido disciplinario es la decisión de la empresa de terminar el contrato por un incumplimiento grave y culpable del trabajador (art. 54 del Estatuto de los Trabajadores): faltas de asistencia o puntualidad repetidas e injustificadas, indisciplina, ofensas, disminución voluntaria del rendimiento, embriaguez habitual que afecte al trabajo, acoso…

  • Finiquito: siempre. Salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extra.
  • Indemnización: no, si el despido es procedente.
  • Prestación por desempleo: sí, el despido disciplinario es situación legal de desempleo aunque sea procedente.

Requisitos de forma

La empresa debe entregarte una carta de despido que explique los hechos concretos y la fecha de efectos. Una carta genérica, sin hechos ni fechas, puede hacer que el despido sea improcedente. Si eres representante de los trabajadores, hace falta además un expediente contradictorio, y si estás afiliado a un sindicato y la empresa lo sabe, debe oír antes a los delegados sindicales.

Las faltas también prescriben: las muy graves, a los 60 días desde que la empresa las conoce y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.

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Si el despido se declara improcedente

Si la empresa no puede probar los hechos o no cumple los requisitos de forma, el despido será improcedente. Entonces la empresa elige, en cinco días desde la sentencia, entre readmitirte (pagándote los salarios desde el despido) o pagarte la indemnización de 33 días por año, o 45 días por el tiempo trabajado antes del 12/02/2012. Muchas empresas reconocen la improcedencia en la conciliación para evitar el juicio.

La calculadora te muestra las dos cifras: lo que cobras si es procedente y lo que cobrarías si se declara improcedente.

Plazo para reclamar

Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad: si se pasa, ya no se puede impugnar el despido. Firmar el finiquito «no conforme» no te impide reclamar.

Más información: tipos de despido e indemnizaciones · firmar el finiquito «no conforme».

Importante: cálculo orientativo. Ante un despido disciplinario conviene consultar cuanto antes con un abogado laboralista o con tu sindicato por lo corto del plazo.

Preguntas frecuentes

¿Cobro finiquito en un despido disciplinario?

Sí. El finiquito se paga siempre, sea cual sea la causa del despido. Lo que no hay, si el despido es procedente, es indemnización.

¿Tengo derecho a paro con un despido disciplinario?

Sí. El despido disciplinario es situación legal de desempleo, aunque sea procedente, siempre que cumplas los requisitos de cotización.

¿Qué pasa si el despido disciplinario es improcedente?

La empresa elige entre readmitirte pagando los salarios dejados de percibir o indemnizarte con 33 días por año trabajado (45 días por el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012).

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido disciplinario?

20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación.

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